Si tienes pensado vivir de alquiler o alquilar un piso de tu propiedad, es posible que te hayas preguntado alguna vez si es obligatorio hacer un seguro para la casa en alquiler; y, si es así, quién debe hacerlo, si el arrendador o el inquilino. La respuesta no es sencilla pero lo que está claro es que, por el hecho de alquilar o vivir de alquiler, no estás obligado a contratar un seguro de hogar. Lo que ya no está tan claro es que sea buena idea no hacerlo. Te contamos por qué y te explicamos además quién debe suscribirlo, si casero o inquilino.

Casero e inquilino deben asegurar en una vivienda de alquiler

Una de las principales coberturas de un seguro del hogar es la integridad del mismo. La aseguradora se compromete a indemnizar si pasa algo que genera un coste. Teniendo esto en cuenta y dado que el responsable e interesado en mantener la vivienda en buenas condiciones es el casero, es éste quien debería hacerse un seguro de hogar que proteja el edificio en sí, es decir, lo que se suele llamarse el continente o inmueble. En el caso del contenido, lo que hay dentro de la vivienda, la cosa ya no está tan clara.

En primer lugar, entre los contenidos de la casa puede haber muchas cosas que sean del casero: la cocina, por ejemplo. Pero también es lógico pensar que el inquilino tenga cosas (por ejemplo, una televisión o un ordenador). Es aconsejable, por lo tanto, que cada uno mire por lo suyo y tenga su propio seguro de hogar. Hablamos de un seguro que proteja los daños en ese contenidos pero también, por supuesto, el robo.

¿De quién es la responsabilidad civil en una casa alquilada?

Si tenemos en cuenta la otra gran cobertura de los seguros del hogar, que es la responsabilidad civil ante terceros, es obvio que el casero hará bien en mirar por daños que la casa pueda causar, como ocurre en el caso de la célebre gotera que acaba filtrándose al vecino de abajo. Dado que la casa es suya, la responsabilidad de repararle el daño al vecino será suya. Sin embargo, ojo para el inquilino, porque también puede cometer actos que causen daños a terceros, y no necesariamente estarán incluidos en la póliza que contrate el casero. Por ejemplo, una negligencia del inquilino podría causar un incendio, del que lógicamente él sería el responsable. Si eres inquilino y te gusta estar tranquilo pensando que cualquier daño que causes no te pesará, entonces debes pensar en contratar un seguro específico que cubra la responsabilidad civil.

Coberturas específicas para el alquiler en los seguros de hogar

Por último, no hay que olvidar las coberturas que ofrecen muchos seguros del hogar que son específicas para el alquiler. El casero, por ejemplo, puede asegurar el pago de las mensualidades, para así no tener sorpresas. Asimismo, también puede asegurar los daños vandálicos en la casa, sobre todo en el contenido; de esta manera, se protege ante la eventualidad de tener un inquilino poco cuidadoso con la casa, y se cubre de los costes de repararla y ponerla a punto cuando se haya ido.

De hecho, si pensamos en supuestos de conflicto entre el arrendador y el inquilino, a ambos no les vendrá mal haber adquirido una buena cobertura de defensa jurídica.

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