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MULTIRRIESGO HOGAR

 

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SEGURO HOGAR
Los seguros de Hogar ofrecen un conjunto de coberturas para proteger la propia construcción o inmueble (entendido como piso, apartamento, casa adosada, casa unifamiliar…), sus instalaciones (agua, electricidad, sistema de calefacción…), así como todos aquellos elementos que se encuentran en su interior como mobiliario y ajuar, electrodomésticos, objetos especiales de valor, joyas, objetos de uso profesional… Además es común incluir en este seguro la Responsabilidad Civil y una serie de servicios de uso exclusivo para los asegurados.
Habitualmente los asegurados del seguro de hogar son las personas que residen en la vivienda, generalmente una unidad familiar. Es importante indicar el uso al que se destina la vivienda (propio o de alquiler), así como si es la residencia principal o una segunda residencia.
COBERTURAS HABITUALES
- Incendio
Se cubren los daños materiales en tu vivienda producidos por un incendio, una explosión o caída de rayo. Además se cubren los gastos producidos por la extinción del fuego.*
- Efectos secundarios por la acción del humo
Se cubren los daños materiales que produzcan el humo, los vapores, la carbonilla o sustancias similares provocados por un incendio en tu propio piso o uno cercano.*
- Daños eléctricos
Se cubren los daños materiales ocasionados a instalaciones y aparatos eléctricos/electrónicos que ocurran en tu hogar como consecuencia de problemas en la corriente o cortocircuitos cuyo origen sea externo a la propia vivienda. También se cubren las consecuencias de cortocircuitos o combustiones internas.*
- Daños por agua
Están cubiertos los daños materiales que provoque un escape de agua en las instalaciones privativas de tu vivienda (en todo tipo de instalaciones o tuberías). El escape puede ser por distintos motivos:

Rotura o fuga de agua en la propia vivienda
Olvido en el cierre de grifos
Goteras en la propia vivienda procedentes de viviendas contiguas o superiores
Se incluye también normalmente la cobertura de los gastos de localización de escapes y la reparación de tuberías.

- Robo
Se cubre el robo de los bienes que hay en tu domicilio siempre que lo hayas denunciado previamente y haya sido cometido por terceros, contra tu voluntad y con ánimo de lucro, ya sea usando la fuerza, escalando o con las llaves que te han robado previamente o con violencia o intimidación sobre las personas. También están cubiertos los daños o desperfectos que los ladrones causen durante el robo o el intento de robo.*
- Hurto
Se cubre el hurto o la sustracción de bienes que hay en tu domicilio siempre que lo hayas denunciado previamente y haya sido cometido por terceros, contra tu voluntad y con ánimo de lucro, sin empleo de fuerza, ni violencia ni amenazas a la persona.*
- Roturas
Se cubre la rotura accidental en tu vivienda de lunas, espejos, cristales, encimeras, placas vitrocerámicas y sanitarios, así como los gastos de colocación y montaje de los mismos.*
- Fenómenos atmosféricos
Se cubren los daños materiales producidos en los tus bienes asegurados como consecuencia de lluvia y viento (excepto tornados), siempre que tales fenómenos se produzcan de forma anormal, así como de pedrisco y nieve. La consideración de un fenómeno como anormal, depende de cada compañía, siendo lo más habitual para la lluvia una precipitación superior a 40 litros por metro cuadrado medida durante un periodo de tiempo de una hora consecutiva y para el viento una velocidad superior a 80 kilómetros por hora.*
- Gastos justificados
Existen una serie de gastos que suele pagar tu aseguradora cuando ocurren a causa de algún suceso que está cubierto por el seguro de hogar:

Gastos realizados para minimizar las consecuencias del daño cubierto
Demolición y desescombro
Retirada de los restos de los bienes asegurados destruidos
Vivienda inhabitable: si tu vivienda no es apta para ser habitada , la aseguradora cubre el traslado de los objetos y muebles así como el alquiler de una vivienda de similares características o bien alojamiento en un hotel
Pérdida de alquileres: si tu vivienda no es apta para ser alquilada, la aseguradora paga la renta que pierdes
Restitución estética del inmueble y el mobiliario: gastos ocasionados para que la casa vuelva a estar como es habitualmente (pintura, sustitución de azulejos, sustitución de parque…) etc.
Reposición de documentos: gastos de reposición de documentos particulares que tengan carácter público que hayas perdido y debas volver a tramitar o solicitar*

- Asistencia en el hogar
Cuando, a causa de algún suceso cubierto por tu seguro, hace falta la intervención de un profesional para reparar daños materiales de tu hogar (cerrajero, electricidad de emergencia, personal de seguridad, etc.). La aseguradora envía habitualmente a los técnicos y les paga directamente por los gastos de esta reparación o servicios.*
- Actos de vandalismo
Cubre los daños materiales que provoquen terceras personas en los bienes de tu hogar. Pueden ser actos de vandalismo o simplemente malintencionados, cometidos de forma individual o por un colectivo, pero siempre los tienes que haber denunciado previamente.*
- Riesgos extraordinarios
Existen diferentes sucesos acaecidos en España que se consideran “acontecimientos extraordinarios”:

Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias, incluidas las producidas por embates de mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los tornados); y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
Acciones violentas como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
Actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
Las indemnizaciones derivadas de alguno de estos “acontecimientos extraordinarios” la paga el Consorcio de Compensación de Seguros. Para valorar el impacto de algunos de estos acontecimientos (y ver si están cubiertos o no) como los fenómenos atmosféricos, terremotos, erupciones volcánicas y caída de cuerpos siderales, su intensidad debe ser medida por informes de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), el Instituto Geográfico Nacional y los demás organismos públicos competentes en la materia. En los casos de sucesos de carácter político o social, así como para daños producidos por actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz, el Consorcio de Compensación de Seguros puede recabar información sobre lo ocurrido a los órganos jurisdiccionales y administrativos correspondientes.*

- Responsabilidad civil
Si tú o tus familiares causáis algún perjuicio o daño a terceras personas, esta cobertura te garantiza la indemnización que debas pagar hasta el límite establecido en el contrato. También incluye los gastos de defensa, los gastos judiciales y las fianzas que te puedan exigir en materia de responsabilidad civil.*
- Defensa jurídica y reclamación de daños
Si necesitas asesoramiento legal la aseguradora te orientará telefónicamente y si, además, para defender tus intereses en tu vida diaria como particular, te ves obligado a intervenir en un procedimiento de los previstos en tu contrato, la aseguradora asumirá los gastos necesarios para tu defensa jurídica. Los procedimientos que se cubren suelen ser los siguientes:

Reclamación de daños causados a tu persona o a los bienes de tu propiedad por un tercero.
Defensa penal cuando denuncies o te querelles como perjudicado por un delito o cuanto tú seas el denunciado.
Esta cobertura no se aplica a los casos relacionados con vehículos a motor de los que tú seas conductor o propietario.*

OTRAS COBERTURAS
- Bienes refrigerados
Se cubren los daños que sufran los alimentos que tengas en el frigorífico o congelador de la vivienda (siempre que sea de uso doméstico) por uno de estos motivos:

Subida o bajada accidental de la temperatura del frigorífico o congelador (a causa de un hecho incluido en el contrato del seguro)
Avería del frigorífico, congelador o las instalaciones eléctricas de la vivienda
Escapes o derrames imprevisibles del refrigerante del congelador o frigorífico
Cortes del suministro de luz durante más de seis horas seguidas*

- Bienes temporalmente desplazados
Si, estando temporalmente en un hotel u otra vivienda que no es la tuya habitual, te ocurre algo cubierto por el seguro de hogar, la aseguradora cubrirá los daños que hayan sufrido los bienes de los asegurados (tanto los tuyos como los del resto de personas que habitualmente viven contigo en la casa que está asegurada).*
- Asistencia en viaje
Esta cobertura te garantiza ayudas y soluciones en el caso de que, durante un viaje, tengas un accidente, una enfermedad o pierdas el equipaje.*
- Accidentes personales
Si tú, tus familiares o el personal doméstico que vive en tu casa, sufrís un accidente, dentro de la vivienda, está cubierta (hasta los límites establecidos) una indemnización por muerte, invalidez permanente y los gastos de asistencia sanitaria.*
- Asistencia informática
Servicio de asistencia informática online para que puedas ponerte en contacto con un técnico informático que te ayude con cuestiones relacionadas con el uso de tu PC y de las herramientas informáticas más comunes. Habitualmente, si las incidencias no se pueden resolver mediante asistencia remota o vía telefónica, la compañía garantiza el envío de un técnico a tu domicilio.*
- Servicio bricohogar
Servicio que te proporciona ayuda profesional a domicilio para realizar determinados trabajos de instalación que necesite en el mantenimiento y adecuación de tu hogar (por ejemplo: cambio de persianas, sustitución o reparación de grifos, etc.). La relación de trabajos incluidos se detalla en contrato del seguro y el servicio suele incluir un número limitado de intervenciones gratuitas al año.*
- Servicio de reparación de electrodomésticos
En el caso de averías de electrodomésticos que no están cubiertas por el seguro, la compañía envía un técnico cualificado a tu domicilio para la reparación de la avería mecánica, eléctrica o electrónica de electrodomésticos de línea blanca (nevera, lavadora, secadora, lavavajillas, microondas, congelador, vitrocerámica, campana extractora). Suele incluir el desplazamiento y hasta 3 horas de mano de obra, pero no las piezas si es que hay que sustituir alguna.*
- Servicio de orientación médica telefónica
Mediante esta garantía se pone a tu disposición un servicio de orientación médica telefónica de atención permanente las 24 horas del día, los 365 días del año. Además, a través de este servicio se da información sobre centros sanitarios, médicos generales y de urgencias, médicos especialistas, centros de vacunaciones, ambulancias, farmacias de guardia etc. En ningún caso se remiten diagnósticos, ni dictámenes escritos.*
- Animales de compañía
Esta cobertura ofrece protección a tus animales de compañía (generalmente perros y gatos) que viven contigo, así como una gran variedad de servicios como por ejemplo:

Servicio telefónico de orientación veterinaria, consultas sobre alimentación, enfermedades, vacunas
Responsabilidad civil del animal y accidentes: Gastos de veterinario por accidentes, peleas, actos vandálicos etc.
Las indemnizaciones por responsabilidad civil por los daños ocasionados a terceras personas por el animal
Robo: indemnización por el valor del animal previa denuncia ante autoridad
Extravío: gastos justificados ocasionados por anuncios en prensa o radio para la localización del animal
Estancia en residencia de animales si debes dejar allí a tu perro o gato porque te hospitalizan
Sacrificio e incineración del cadáver del animal por vejez o enfermedad
Gastos de desplazamiento por tratamiento especializado.*

* Esta descripción es a modo orientativo. El detalle de las coberturas y exclusiones de cada seguro serán las que ofrezca cada entidad aseguradora en sus respectivos contratos.

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