SEGUROS COMUNIDAD
Como todo el mundo que vive en pisos sabe, con asegurar la casa propia no se queda todo el edificio asegurado. Están eso que se llaman las zonas comunes: los rellanos, el portal, el cuarto de la caldera… ¿Deben asegurarse? Pues la verdad es que sí. Las comunidades de vecinos, en realidad, precisan más aseguramiento que las casas. Piénsalo: tu casa la usas tú, pero las zonas comunes las usa todo el mundo. De hecho, el seguro de comunidades de vecinos, que es específico, es uno de los escasos seguros en los que hay más percances que contratos.
Las principales coberturas del seguro de comunidad de propietarios son las goteras, los cristales, la responsabilidad civil y la defensa jurídica.
Como tercera gran cobertura que no debes olvidar en el seguro de una comunidad de propietarios es la responsabilidad civil. Muchas comunidades tienen escaleras, y por las escaleras se puede esnafrar el personal. En determinadas circunstancias (por ejemplo, si cedió un peldaño que estaba ya desgastado), la comunidad puede ser responsable de los daños causados, y ya podéis poneros a gritar eso de: ¡derrama, derrama! En este punto, créelo, es mucho mejor prevenir que lamentar.
Muy apegada a la responsabilidad civil está la cobertura de defensa jurídica, que nos permitirá acceder a abogados especializados cuando tengamos pleitos y querellas. Y no hay que olvidar, desde luego, los robos.
Esto es sólo una pequeña lista de coberturas. Los seguros de comunidades de propietarios también cubren fenómenos atmosféricos, averías eléctricas, protecciones relacionadas con el empleado de la finca, y otras muchas. No te olvides de repasarlas bien, y no dejarte ninguna importante fuera. Que la presidencia no te quite el sueño.
- Responsabilidad Civil
Incluye en pago de indemnizaciones y fianzas.*
- Incendio y otros daños
Cubre a la comunidad de vecinos frente a los daños ocasionados por incendio explosión o implosión, el impacto directo del rayo o corrientes eléctricas anormales inducidas por el mismo, actos vandálicos o inundaciones, entre otros.*
- Daños eléctricos
Cubre los daños que sufra la instalación eléctrica, así como en los aparatos o equipos a ella conectados, a consecuencia de corrientes anormales o cortocircuitos en la red.*
- Defensa jurídica
- Atascos conducciones generales
- Robo
- Asistencia en el edificio
- Reconstrucción de jardines
- Accidentes de los empleados
- Daños por agua
- Fenómenos atmosféricos
- Roturas
- Daños estéticos
- Avería de maquinaria
- Avería de Maquinaria
- Vehículos en garaje
Protege a la comunidad de los daños directos que puedan sufrir los vehículos que se hallen depositados en el interior del garaje del riesgo asegurado a consecuencia de Incendio, Rayo o Explosión.*
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* Esta descripción es a modo orientativo. El detalle de las coberturas y exclusiones de cada seguro serán las que ofrezca cada entidad aseguradora en sus respectivos contratos.